> Fase 1: Registro de la Solicitud de Ayuda
1) Solicitante enviará email a [email protected] con:
- Copia del DNI/NIF (del titular de la vivienda, el domicilio del DNI debe de coincidir con el del IBI y el de la referencia catastral).
- Referencia catastral de la vivienda (en recibo del IBI).
- Certificado de Empadronamiento (si el solicitante no aparece en el IBI o si el domicilio del DNI no coincide con el IBI).
- Resguardo del Primer Pago de la Contratación de Certificados y Gestión.
- Presupuesto proveedor aceptado (a nombre del solicitante).
- Hoja de encargo de representación, completada y firmada.
- Número de Cuenta Bancaria para abono de subvención.
> El solicitante debe ser titular o autorizado en la cuenta.
> La cuenta debe estar dada de alta en la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública. Alta online con certificado digital | Alta Presencial (Descargar Formulario)
Si el solicitante es arrendatario deberá de añadir:
- Autorización del propietario para poder solicitar. Descargar modelo
- Contrato de Arrendamiento.
2) Contratación Online Servicio de Gestoría para tramitación del expediente de subvención desde los siguientes enlaces y líneas de subvención:* Programa Construcción Sostenible 2025-2027. Rehabilitación Integral de Edificios y Viviendas (Provisión Fondos Registro Solicitud + Comisión Éxito Concesión Subvención). Contratar AQUÍ* Programa de Incentivos EERR y Eficiencia Energética NextGeneration (RD 477/2021) (Provisión Fondos Justificación + Comisión Éxito Concesión Subvención). Contratar AQUÍ
* Programa PREE 5000. Rehabilitación Integral de Edificios y Viviendas (Provisión Fondos Justificación + Comisión Éxito Concesión Subvención). Contratar AQUÍ
* Programa Pyme Sostenible. EERR y Eficiencia Energética Industria (Provisión Fondos Registro Solicitud + Comisión Éxito Concesión Subvención). Contratar AQUÍ
* Programa Incentivos Fondo Transición Justa UE. Proyectos Industriales Sostenibles (Provisión Fondos Registro Solicitud + Comisión Éxito Concesión Subvención). Contratar AQUÍ
3) Contratación del Servicio de Certificados Energéticos y Memoria Técnica:
- Contratación bien por email a [email protected] o bien contratación online.
4) Tras la recepción del Primer Pago a cuenta de los Certificados Energéticos y Memoria Técnica, así como de la documentación, el técnico concertará cita personal con el cliente para toma de datos para la elaboración de la documentación técnica.
5) El técnico elaborará la siguiente documentación:
- Proyecto o memoria técnica justificativa de la instalación.
- Certificado energético inicial registrado y certificado final.
- Reportaje inicial fotográfico de las zonas afectadas por la actuación y de la fachada (Descargar Plantilla).
6) Toda esta documentación junto con el Documento de Solicitud, se presentarán a registro.
7) En caso de que además de ventanas se acometan a la vez otras actuaciones (placas solares, aerotermia, etc.), o que las obras estuvieran iniciadas, es necesario contactar previamente con el Servicio de Gestión de Subvenciones para considerar las circunstancias concretas.
Nota 1: En caso de tener alguna duda sobre cualquier paso del procedimiento o documento, por favor contacte con nosotros en [email protected] o en el WhatsApp 675311024.
Nota 2: Todos los documentos a enviar serán en formato DOC, PDF o JPG.
Nota 3: No son admisibles pagos en efectivo, así como el inicio de obras y/o instalaciones con fecha anterior a del registro del certificado energético inicial.
Nota 4: Se aceptarán entregas a cuenta con su correspondiente factura, ya que las obras y/o instalaciones podrán estar iniciadas con anterioridad al registro de la solicitud de subvención, estuvieran o no finalizadas en ese momento.
Nota 5: Si se tiene certificado energético inicial, no podrá tener más de 2 años de antigüedad a la fecha de solicitud de subvención. Además habrá que comprobar su idoneidad para este procedimiento, así como que las obras y/o instalaciones hubieran comenzado con fecha posterior a su registro.
Nota 6: Los costes de la elaboración de los certificados energéticos, proyecto, dirección facultativa, redacción de memorias o gestión de la subvención son subvencionables.
Nota 7: No son subvencionables los costes de licencias, tasas impuestos y tributos, salvo el IVA.
PREGUNTAS FRECUENTES (FAQs *Pendiente actualización 2025-2027 AAE) | Medidas Fiscales en Rehabilitación Energética de Viviendas (Ampliadas hasta el 31/12/2026 BOE Suspendida parcialmente por no convalidación del RD 9/2024 BOE) | Descargar Guía
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